Salario

Un  contrato a jornada completa según establece el  [Real Decreto 87/2025], de 11 de febrero, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025, lo establece en 1.184€ brutos mes. Cuantía que, multiplicada por 14 (esto es, 12 meses más 2 pagas extraordinarias) asciende a 16.576€ brutos al año.

Se establece también, que las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo a que se refiere el artículo 1, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho toda persona trabajadora, correspondientes al salario de treinta días en cada una de ellas, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a  56,08€ por jornada legal en la actividad.

Siempre debe entregarse a la persona trabajadora un recibo justificativo del salario, en la forma que las partes acuerden. Por tendencia general, suele entregarse una nómina, cuyo modelo aparece en el apartado Impresos y formularios > Laborales.