MANIFIESTO CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DEL 30 DE MARZO 2025 – DIA INTERNACIONAL DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR.

Hoy, 30 de marzo, desde Caritas Bizkaia nos unimos para conmemorar EL DIA INTERNACIONAL DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR.  La Asamblea General de las Naciones Unidas declaró en 1988, el 30 de marzo como el día internacional de las trabajadoras del hogar, para reconocer el valor de esta profesión y reivindicar los derechos de quienes lo realizan. Al mismo tiempo que nosotras, otras Caritas diocesanas de otras ciudades, junto con otras asociaciones de empleadas de hogar y organizaciones a nivel nacional, desarrollan también actos de celebración y reivindicación.

Las empleadas del hogar representan un sector económico importante, que contribuye al funcionamiento más eficiente del mercado de trabajo y al crecimiento económico, realizando tareas de cuidados y mantenimiento de los hogares que permite a quienes contratan cumplir con sus obligaciones laborales y personales o contar con tiempo de descanso. Por ello, queremos alzar la voz y visibilizar la necesidad del reconocimiento social de esta profesión, dada la importancia que los trabajos de hogar y de cuidados tienen para el sostenimiento la vida.

Este colectivo tiene rostro de mujer. Los datos oficiales de la Seguridad Social sobre el trabajo doméstico en España en 2023 señalan que las mujeres ocupan el 95% de los puestos y que el 45% de las empleadas son mujeres extranjeras en situación regular. El gran número de mujeres en situación administrativa irregular que trabajan como empleadas de hogar queda fuera de las estadísticas oficiales.

En nuestro país, en los últimos años, se han producido mejoras en las condiciones de trabajo y de Seguridad Social para las empleadas de hogar, como el acceso a la prestación por desempleo, la desaparición de la figura del desistimiento que permitía despedir sin razón justificada, y la subida progresiva del salario mínimo interprofesional, entre otras. Pero estos avances también han conllevado un lógico aumento de los costes y trámites en la contratación, sin que la administración haya contemplado medidas de apoyo suficientes. En otros sectores de actividad, la administración prevé medidas incentivadoras al fomento de la contratación, pero en este, esos apoyos son muy escasos y del todo insuficientes. Si se reconoce la dignidad y valor profesional de este sector, se debe apoyar el fomento a la contratación de las personas empleadoras y de las familias.

Además, aún queda mucho por hacer para la equiparación total de derechos respecto al resto de personas trabajadoras. Hoy queremos hacer una llamada de atención especial a las condiciones laborales y salariales de las mujeres que trabajan como empleadas de hogar en régimen de interna, en muchos casos además cuidando a personas dependientes. Muchas de ellas trabajan jornadas superiores a las 40 horas de trabajo efectivo a la semana y tienen una disponibilidad de 24 horas por residir en el lugar en el que trabajan. El descanso diario de dos horas reconocido por la ley es insuficiente y no siempre respetado, y a menudo, asumen la responsabilidad en solitario del cuidado de personas no familiares con gran dependencia. Trabajan aisladas y con pocas posibilidades de informarse o consultar sobre sus derechos.

Por todo esto, desde Caritas Bizkaia, hoy unimos nuestras voces a las de tantas empleadas del hogar reivindicando:

  • La mejora de las condiciones laborales de las empleadas de hogar en régimen interno: limitación real de la jornada de trabajo; ampliación de las horas de descanso diario por ley; reconocimiento salarial.
  • Una necesaria clasificación profesional que distinga las tareas domésticas de aquellas otras que tienen que ver con el cuidado de las personas.
  • Contribución por parte de las personas empleadoras a la generación de condiciones justas y decentes de trabajo (firma del contrato, alta en la seguridad social por las horas reales de trabajo, pago del salario correspondiente, vacaciones y días de permiso).
  • Que la administración prevea medidas de fomento de la contratación y apoyos a las personas empleadoras adaptadas a su realidad, de la misma forma que se hace con las empresas.
  • Mayor vigilancia y control del cumplimento de la normativa laboral en las contrataciones de las empleadas de hogar por parte de las administraciones competentes/responsables en esta materia, en igualdad con los y las trabajadoras del Régimen General.

FAMILIA-ETXEKO ZERBITZUAREN ESPARRUAN SEGURTASUNA ETA OSASUNAREN BABESA

893/2024 Errege Dekretu berriak, 2024ko irailaren 12an indarrean jarritakoak, 16/2022 Legea eguneratzen du, eta, bertan, etxeko langileen lan-arriskuen prebentzioa kudeatu behar dela iragartzen da. Horrek betebehar batzuk ezartzen dizkie enplegatzaileei, hala nola:

  • Enplegatzaileak egin beharko du familia-etxean lan egiten duten langileen segurtasun eta osasunerako arriskuen hasierako ebaluazioa, oro har, jardueraren eta enplegatuen ezaugarriak kontuan hartuta.
  • Ebaluazioaren emaitzek arrisku-egoerak agerian uzten badituzte, enplegatzaileak behar diren prebentzio-neurriak hartu beharko ditu arrisku horiek desagerrarazteko edo murrizteko eta kontrolatzeko.
  • Familia-etxeko zerbitzuko langileek, lana dela-eta, arrisku larria eta berehalakoa dutenean, behar diren neurriak hartu beharko dituzte egoera konpontzeko eta beharrezko jarraibideak eman jarduera eteko, eta, behar izanez gero, berehala etxetik alde egiteko.
  • Enplegatzaileak eginkizunetarako egokiak diren lan-ekipoak eman beharko dizkie familia-etxeko zerbitzuko langileei, eta behar diren neurriak hartuko ditu horiek modu seguruan erabili ahal izateko.
  • Ondo ziurtatu beharko du langileek behar den informazio guztia dutela eskura laneko segurtasun eta osasunerako arriskuei buruz, baita arrisku horiei aplika dakizkiekeen babes- eta prebentzio-neurriei buruz ere, horrela, beren informazio-eskubidea betez.
  • Enplegatzaileek aukera eman beharko diete langileei parte hartzeko familia-etxeko zerbitzuan segurtasunarekin eta osasunarekin zerikusia duten gai guztietan.
  • Enplegatzaileak bere gain hartuko du prebentzio-jardueraren antolaketa, eta langile bat edo batzuk izendatuko ditu jarduera horretaz arduratzeko, edo kanpoko prebentzio-zerbitzu batekin hitzartuko du zerbitzu hori.
  • Enplegatzaileek egiaztatu beharko dute beren zerbitzura dauden langileek osasun-zaintza bermatzen duen azterketa medikoa dutela.

Enplegatzailearen betebeharrak EZIN IZANGO DIRA ESKATU, harik eta arriskuak ebaluatzeko tresna eskura jartzen denetik 6 hilabete igaro arte. Laneko Segurtasun eta Osasunerako Institutu Nazionala prestatzen ari da, aurreikuspenen araberako doakoa izateko, 10 hilabeteko epean, argitaratu denetik.

PROTECCIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL ÁMBITO DEL SERVICIO DE HOGAR FAMILIAR

El nuevo Real Decreto 893/2024 que entra en vigor el 12 de septiembre de 2024 actualiza la ley 16/2022 en donde se anuncia la necesidad de gestionar la prevención de riesgos laborales en empleadas de hogar. Ello conlleva una serie de obligaciones para los empleadores como son:

  • La persona empleadora deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de las personas trabajadoras que prestan servicios en el hogar familiar, teniendo en cuenta, con carácter general, las características de la actividad y de las personas empleadas,
  • Si los resultados de la evaluación pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, la persona empleadora quedará obligada a adoptar medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos,
  • Cuando las personas trabajadoras del servicio del hogar familiar queden expuestas a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, estarán obligadas a adoptar las medidas necesarias para solucionar su causa y dar las instrucciones necesarias para que quede interrumpida su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el domicilio.
  • La persona empleadora deberá proporcionar a las personas trabajadoras del servicio del hogar familiar equipos de trabajo adecuados para el desempeño de sus funciones y adoptará las medidas necesarias para que su utilización pueda efectuarse de forma segura.
  • Deberá asegurarse de que las personas trabajadoras tienen a su disposición toda la información necesaria en relación con los riesgos para la seguridad y la salud del trabajo que desempeñan, así como respecto de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos, colmando así su derecho de información.
  • Las personas empleadoras deberán permitir la participación de las personas trabajadoras en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud en el servicio del hogar familiar.
  • La persona empleadora asumirá personalmente la organización de la actividad preventiva, designando una o varias personas trabajadoras para ocuparse de dicha actividad, o concertando dicho servicio con un servicio de prevención ajeno.
  • Las personas empleadoras deberán acreditar que las personas trabajadoras a su servicio cuentan con el reconocimiento médico que garantiza la vigilancia de su salud.

Las obligaciones del empleador/a NO SERÁN EXIGIBLES hasta transcurridos 6 meses de la puesta a disposición de la herramienta de evaluación de riesgos que se prevé gratuita y que está elaborando el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo en el plazo de 10 meses desde la publicación.

8-M y el compromiso constante por la igualdad

Un nuevo 8M llega después de dos años marcados por el COVID-19, una pandemia que ha puesto en evidencia la insostenibilidad y la injusticia de un sistema desigual a nivel global. Los efectos de la pandemia no son neutros en cuanto al género de las personas acompañadas por Caritas. Las mujeres son doblemente golpeadas por un modelo estructural, en el que a la lacra de las violencias machistas se suman las desigualdades múltiples, como son el origen étnico, la edad, la situación socioeconómica, la discapacidad o la ubicación geográfica, que impactan en las mujeres en condiciones más precarias y aumentan su riesgo de exclusión social.

Ante la celebración del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, Caritas Bizkaia recuerda que la realidad de pobreza y exclusión tiene rostro de mujer y alerta sobre el impacto y las consecuencias que suponen la discriminación de género, anclada en un sistema estructural de desigualdad e injusticia social. Denunciamos también que las múltiples violencias que se siguen ejerciendo hacia las mujeres son una consecuencia directa de esta desigualdad estructural.

Caritas Bizkaia apuesta, especialmente hoy, por seguir trabajando a favor de un marco de relaciones entre hombres y mujeres sin barreras ni divisiones, donde los derechos de las mujeres sean protegidos, respetados y garantizados. Para ello, necesitamos caminar juntas, a ello nos exhorta la sinodalidad, a desvelar los pasos que nos invita a dar el Espíritu en esta clave. Caminar juntas implica escucharnos, que las mujeres puedan explicitar las cosas que duelen, las pequeñas y grandes exclusiones que sufren, lo que pueden aportar, lo que se sienten capaces de hacer. Revisemos quién tiene voz, quién participa, quién toma decisiones y cómo se toman. Afrontemos el reto de ser compañeros y compañeras de camino, hablemos de las asimetrías entre hombres y mujeres, escuchémonos. Sólo así contribuiremos a construir un compromiso constante por la igualdad.